Ayudas económicas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres

Publicado el 02 de Junio de 2010

Las ayudas podrán ser solicitadas por las asociaciones de mujeres y federaciones con sede en Galicia y sin ánimo de lucro

Ayuda/Subvención: Ayudas económicas destinadas a fomentar el asociacionismo y la participación de las mujeres

Requisitos de las beneficiarias:  Las ayudas podrán ser solicitadas por las asociaciones de mujeres y federaciones constituidas por estas domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Galicia, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas al amparo de la Ley orgánica 1/2002, del 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, e inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, en las áreas de actuación de la mujer o de igualdad. Es compatible la solicitud de subvención por parte de una asociación con la pertenencia a una federación que, asimismo, solicite la subvención.
 

  • Es compatible a solicitud de subvención por parte de una asociación con la pertenencia a una federación que, asimismo, solicite la subvención.
  • No se considerarán las solicitudes de las entidades que no estén inscritas y con la totalidad de sus datos actualizados en la fecha en que remate el plazo de presentación de solicitudes.
  • Tanto en el caso de las asociaciones como de las federaciones las mujeres socias representarán, por lo menos, el 90% de la totalidad de las personas asociadas.
  • Los fines y objetivos de las asociaciones y de las federaciones solicitantes deberán contribuir a:


a) Promover la igualdad entre hombres y mujeres.

b) Promover la participación y la presencia de las mujeres en la vida política, económica, cultural y social.

Cuantía de la subvención: La cuantía de cada ayuda podrá alcanzar como máximo el 90% del total del presupuesto presentado, sin que en ningún caso supere los 6.000 euros por entidad beneficiaria.

Gastos subvencionables: Se concederán ayudas económicas para compensar los gastos de mantenimiento y funcionamiento realizados y efectivamente pagados que origine el mantenimiento o funcionamiento de estas entidades entre lo 1 de enero y el 31 de octubre de 2010.

- El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes en bienes y servicios asociados al local donde se sitúe la sed social de la entidad, obras de conservación y mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el carácter de inventariables, por no implicar incremento del valor patrimonial del dicho inmueble.

- La subvención del funcionamiento tiene como objetivo facilitar el desarrollo de las actividades propias y habituales de la entidad, incluyendo gastos de suministros, material funxible de oficina y ofimático, correo y otros análogos. También serán subvencionables los gastos de personal que desarrolle únicamente funciones administrativas.

- Todos los gastos serán corrientes, por lo tanto, las entidades beneficiarias no podrán imputar gastos de inversión para la justificación de la ayuda concedida.

Presentación de solicitudes: Las entidades que deseen solicitar las ayudas deberán dirigir su solicitud al/a la jefe/la del departamento territorial de la Consellería de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza competente en función de la provincia en que la asociación tenga establecida su sed social.

Las solicitudes podrán presentarse en el registro de Igualdade, sito en el edificio administrativo de Sano Lázaro, 15781 Santiago de Compostela,  en la oficina de registro general del edificio administrativo San Caetano, en Santiago de Compostela o en los registros de los departamentos territoriales de la Consellería de Traballo e Benestar, así como nos de cualquiera otro órgano de la Administración general del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. En el caso de envío por correo, en la cabecera de la primera hoja del documento que se quiera enviar se hará constar, con claridad, el nombre de la oficina de correos y la fecha, el lugar, la hora y el minuto de su admisión.

Plazo de presentación: del 25 de mayo al 24 de junio de 2010, ambos incluidos.

Publicación: DOG Nº 96, Lunes, 24 de mayo de 2010

Más Información (Anexos): http://www.xunta.es/dog/dog2010.nsf/0y5fb445f3681a75c1257251004b10d7/66…